lunes, 12 de marzo de 2012

Sanciones por no presentar mi herencia en Sevilla

¿Me han puesto una sanción o multa por no presentar la herencia de mi padre, madre, hermana, hermano, etc..? ¿Tengo que presentar mi herencia aunque no tengamos nada que heredar? Me han puesto una sanción de 200 euros de infracción leve por no presentar mi herencia ¿pueden multarme por eso?
Estas son unas preguntas que se están haciendo en los últimos tiempos muchas personas, cuando les llegan a sus casas sanciones administrativas por no haber presentado la documentación correspondiente a su herencia en tiempo y plazo. La respuesta es SI, es decir, la administración puede sancionarnos por no cumplir con la legalidad vigente, y en el caso de una herencia, parte de la misma consiste en cumplir con los plazos de presentación de la documentación concerniente a nuestra herencia. El plazo inicial es de 6 meses desde el fallecimiento del causante, es decir, desde que muere nuestro padre o madre tenemos 6 meses para hacer todos los tramites ante la administración si no queremos ser sancionados. ¿Pero es que no hay nada que heredar? El que no existan bienes, cuentas, depósitos, etc... que heredar, no significa que no tengamos que cumplir con los trámites, y presentar la documentación ante la delegación de hacienda de la Junta de Andalucia. Presentaremos toda la documentación y haremos una liquidación por "0 euros" en dicho caso.
Así mismo, la administración se reserva el plazo legal de 4 años para revisar si hemos cumplido con nuestras obligaciones o no, es decir, que durante los 4 años siguiente al fallecimiento del causante, la administración de la Junta de Andalucia puede reclamarnos que cumplamos con los tramites legales, si es que no los hemos realizado. Además, podrás sancionarnos por no haberlo hecho. Normalmente se considerará un infracción leve cuando la liquidación que debimos presentar sea "0 euros", es decir, cuando no se haya intentado eludir el pago que correspondiese buscando la prescripción del mismo. En dichos casos la cuantía de la sanción podrás ser mucho mayor.
Hasta hace poco, este tipo de sanción administrativa no venían produciéndose, pero un cambio de rumbo en la labor de investigación de la administración, está haciendo que muchas familias transcurridos 2 e incluso 3 años desde el fallecimiento de su ser querido, reciban multas por no presentar la documentación relativa a la herencia en tiempo y forma.
Para ahorrarnos sustos a posteriori, mejor será presentar toda nuestra documentación en plazo y ahorrarnos multas o sanciones innecesarias.

Pide tu asesoramiento o presupuesto sin compromisos por teléfono al 954368804 o por email.

2 comentarios:

  1. es una sanción independiente de tener que hacer la propia herencia?? es que me ha llegado una de 200 €, como comentas. puedo recurrirla??

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    1. realemente la sanción es correcta y dificilmente recurrible, pues si no has cumplido con tu obligación de presentar toda la documentacion referente a la herencia, la administracion puede sancionarnos por ello. se considera una infracción leve siempre que no hayamos intentado dejar de pagar las liquidaciones que nos correspondiesen, que es en el menor de los casos. un saludo y contacta con nosotros para una mejor aclaración personalizada de tu caso.

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