Me han puesto una sanción de 200
euros de infracción leve por no presentar mi herencia en Sevilla o Andalucía ¿pueden multarme
por eso?
Estas son unas
preguntas que se están haciendo en los últimos tiempos muchas personas, cuando
les llegan a sus domicilios sanciones administrativas por no haber presentado
la documentación correspondiente a su herencia en tiempo y plazo. La
respuesta es SI, es decir, la administración puede sancionarnos
por no cumplir con la legalidad vigente, y en el caso de una herencia, parte de
la misma consiste en cumplir con los plazos de presentación de la
documentación concerniente a nuestra herencia. El plazo
inicial es de 6 meses desde el fallecimiento del causante, es
decir, desde que muere nuestro padre, madre, hermano, etc.. tenemos 6 meses para hacer
todos los tramites ante la administración si no queremos ser
sancionados. ¿Pero es que no hay nada que heredar? El que no
existan bienes, cuentas, depósitos, etc... que heredar, no significa que no
tengamos que cumplir con los trámites, y presentar la documentación ante la
delegación de hacienda de la Junta de Andalucia. Presentaremos toda la
documentación y haremos una liquidación por "0 euros" en dicho caso.
Así mismo,
la administración se reserva el plazo legal de 4 años para revisar si
hemos cumplido con nuestras obligaciones o no, es decir, que durante
los 4 años siguiente al fallecimiento del causante, la administración de la
Junta de Andalucia puede reclamarnos que cumplamos con los tramites
legales, si es que no los hemos realizado. Además, podrás
sancionarnos por no haberlo hecho. Normalmente se considerará un infracción leve
cuando la liquidación que debimos presentar sea "0 euros", es decir, cuando no
se haya intentado eludir el pago que correspondiese buscando la prescripción del
mismo. En dichos casos la cuantía de la sanción podrás ser mucho mayor.
Hasta hace poco,
este tipo de sanción administrativa no venían produciéndose, pero un cambio de
rumbo en la labor de investigación de la administración, está haciendo que
muchas familias transcurridos 2 e incluso 3 años desde el fallecimiento
de su ser querido, reciban multas por no presentar la documentación
relativa a la herencia en tiempo y forma.
Para ahorrarnos
sustos a posteriori, mejor será presentar toda nuestra documentación en plazo y
ahorrarnos multas o sanciones innecesarias.
Pide tu
asesoramiento o presupuesto sin compromisos por teléfono al 954368804 o por
email.
Firmado:
gestduque, www.gestduque.com, oficina@gestduque.com