Me han puesto una sanción de 200 
euros de infracción leve por no presentar mi herencia en Sevilla o Andalucía ¿pueden multarme 
por eso?
Estas son unas 
preguntas que se están haciendo en los últimos tiempos muchas personas, cuando 
les llegan a sus domicilios sanciones administrativas por no haber presentado 
la documentación correspondiente a su herencia en tiempo y plazo. La 
respuesta es SI, es decir, la administración puede sancionarnos 
por no cumplir con la legalidad vigente, y en el caso de una herencia, parte de 
la misma consiste en cumplir con los plazos de presentación de la 
documentación concerniente a nuestra herencia. El plazo 
inicial es de 6 meses desde el fallecimiento del causante, es 
decir, desde que muere nuestro padre, madre, hermano, etc.. tenemos 6 meses para hacer 
todos los tramites ante la administración si no queremos ser 
sancionados. ¿Pero es que no hay nada que heredar? El que no 
existan bienes, cuentas, depósitos, etc... que heredar, no significa que no 
tengamos que cumplir con los trámites, y presentar la documentación ante la 
delegación de hacienda de la Junta de Andalucia. Presentaremos toda la 
documentación y haremos una liquidación por "0 euros" en dicho caso. 
Así mismo, 
la administración se reserva el plazo legal de 4 años para revisar si 
hemos cumplido con nuestras obligaciones o no, es decir, que durante 
los 4 años siguiente al fallecimiento del causante, la administración de la 
Junta de Andalucia puede reclamarnos que cumplamos con los tramites 
legales, si es que no los hemos realizado. Además, podrás 
sancionarnos por no haberlo hecho. Normalmente se considerará un infracción leve 
cuando la liquidación que debimos presentar sea "0 euros", es decir, cuando no 
se haya intentado eludir el pago que correspondiese buscando la prescripción del 
mismo. En dichos casos la cuantía de la sanción podrás ser mucho mayor.
Hasta hace poco, 
este tipo de sanción administrativa no venían produciéndose, pero un cambio de 
rumbo en la labor de investigación de la administración, está haciendo que 
muchas familias transcurridos 2 e incluso 3 años desde el fallecimiento 
de su ser querido, reciban multas por no presentar la documentación 
relativa a la herencia en tiempo y forma.
Para ahorrarnos 
sustos a posteriori, mejor será presentar toda nuestra documentación en plazo y 
ahorrarnos multas o sanciones innecesarias.
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